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Derechos laborales

¿Cómo se calcula la paga extra?

La paga extra no tiene una fórmula única para todo el mundo: la cuantía y qué conceptos incluye los determina tu convenio colectivo. Lo que sí es obligatorio por ley son al menos dos pagas extraordinarias al año, salvo que estén prorrateadas mensualmente.

Publicado el 18 de agosto de 2026 · Por Salvador Fernández Martínez

Qué incluye normalmente la paga extra

Habitualmente el salario base más el plus de antigüedad, si aplica. Algunos convenios añaden otros complementos fijos. Lo que no suele incluirse son los complementos variables, como horas extra o incentivos puntuales, salvo que el convenio diga expresamente lo contrario. Para saber qué conceptos entran exactamente en tu caso, tienes que mirar el convenio colectivo que te aplica: es el documento que fija la fórmula, no la ley general.

La fórmula básica del cálculo

Cuantía de la paga extra × (meses trabajados durante el periodo de devengo ÷ meses totales del periodo de devengo). Si trabajas todo el periodo (normalmente 6 o 12 meses según el convenio), cobras la paga extra completa; si trabajas solo una parte, cobras la parte proporcional.

Un ejemplo con números reales

Supón que tu convenio calcula la paga extra sobre salario base más antigüedad, y que ese importe suma 1.460 € (salario base de 1.400 € + 60 € de antigüedad). El periodo de devengo de esa paga es de enero a junio, es decir, 6 meses.

  • Si has trabajado todo el periodo (enero a junio completos), cobras la paga extra íntegra: 1.460 €.
  • Si empezaste a trabajar el 1 de abril, solo has generado 3 de los 6 meses del periodo. El cálculo sería: 1.460 € × (3 ÷ 6) = 730 €.

El mismo razonamiento se aplica a la paga extra de Navidad, pero tomando como referencia su propio periodo de devengo (normalmente de julio a diciembre, aunque puede variar según el convenio).

¿Paga prorrateada o paga en un solo pago?

Depende de tu contrato o convenio. Si está prorrateada, ya la cobras repartida en las 12 nóminas mensuales, sumada a tu salario mensual (no verás un pago extra en junio o diciembre porque ya la has cobrado poco a poco). Si no está prorrateada, la recibes de golpe en los meses fijados (normalmente junio y diciembre).

Da igual la fórmula que se aplique en tu caso: el importe total que percibes a lo largo del año es el mismo. Prorratear no es una forma de pagarte menos ni de que la empresa se ahorre dinero, es solo repartir en el tiempo el mismo dinero. La única diferencia real es de tesorería, para ti y para la empresa: con la paga prorrateada tu salario mensual es un poco más alto y estable todo el año, mientras que con la paga en un pago único notas ese ingreso extra concentrado en junio y diciembre.

¿Cuándo se pagan las pagas extra?

La más habitual es la de Navidad, que suele abonarse antes del 22 de diciembre. La segunda (a veces llamada "de verano" o "de beneficios") depende de lo que establezca tu convenio colectivo, aunque es frecuente que se pague en junio.

¿Qué pasa con la paga extra si dejo la empresa o me despiden a mitad de año?

No la pierdes. Se te abona la parte proporcional generada hasta tu último día trabajado, con la misma fórmula de prorrateo que hemos visto antes. Ese importe se incluye dentro del finiquito, junto con las vacaciones no disfrutadas y cualquier otro concepto pendiente de liquidar. Si en tu finiquito no aparece la parte proporcional de paga extra que te corresponde, es un motivo legítimo para reclamarlo.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio cobrar dos pagas extra al año?

Sí, por ley (Estatuto de los Trabajadores) se garantizan al menos dos gratificaciones extraordinarias al año, salvo que estén prorrateadas mensualmente. En ambos casos el importe anual que recibes es el mismo; lo único que cambia es si lo cobras de golpe dos veces al año o repartido mes a mes.

¿Puede la empresa prorratear las pagas extra si el convenio no dice nada o lo prohíbe?

Si el convenio no menciona el prorrateo, en la práctica se admite que empresa y trabajador lo acuerden sin problema. Si el convenio lo prohíbe expresamente, la empresa no debería prorratear: hacerlo es una infracción que puede sancionar la Inspección de Trabajo. Eso sí, el Tribunal Supremo ha matizado que si el trabajador ha aceptado ese prorrateo sin oponerse durante toda la relación laboral, no podrá reclamar que se le paguen de nuevo las pagas extra al finalizar el contrato, aunque la empresa siga expuesta a la sanción administrativa por incumplir el convenio.

¿Cómo sé si mi paga extra está prorrateada?

Mira tu nómina mensual: si ves un concepto como "prorrata paga extra" o "PP pagas extra", ya la estás cobrando cada mes. Si no aparece ese concepto y tu salario mensual coincide con el bruto anual dividido entre 14 (y no entre 12), lo más probable es que la cobres aparte en los meses fijados por tu convenio.

¿Cotizo lo mismo a la Seguridad Social si la paga extra está prorrateada o no?

A efectos de cotización, sí: la Seguridad Social prorratea siempre las pagas extraordinarias a lo largo de los 12 meses del año, aunque tu empresa te las pague de golpe en junio y diciembre. Por eso tu base de cotización mensual incluye una parte de paga extra incluso si en tu nómina no ves ningún concepto de prorrata. Esto evita que tus prestaciones (baja médica, paro, jubilación) varíen solo por la forma en que tu empresa reparte el pago.

¿Puede mi empresa retrasar el pago de la paga extra?

No sin justificación; el retraso o impago de la paga extra es un incumplimiento que puedes reclamar, incluso ante la Inspección de Trabajo si persiste.

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