La base de cotización: sobre qué se calculan estos porcentajes
Todos los porcentajes de este artículo se aplican sobre tu base de cotización, no directamente sobre el salario bruto que figura en tu contrato. Se calcula sumando tu salario mensual (salario base más complementos salariales) más la parte proporcional de las pagas extra, si no están prorrateadas. Existen un tope mínimo y un tope máximo fijados cada año según tu categoría profesional: te explicamos la tabla completa de 2026, grupo por grupo, en qué son los grupos de cotización. Esta base no solo determina cuánto cotizas: también es la que se usa para calcular tus futuras prestaciones, como la pensión de jubilación o la prestación por desempleo.
Contingencias comunes: la aportación principal
Aproximadamente el 4,70% de tu base de cotización. Financia la sanidad pública, las bajas por enfermedad común o accidente no laboral, y forma parte del cálculo de tu futura pensión de jubilación.
Contingencias profesionales: la que paga solo tu empresa
Cubre los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales. A diferencia del resto de conceptos, corre íntegramente a cargo de la empresa: no aparece como descuento en tu nómina porque tú no aportas nada por este concepto. El porcentaje que paga la empresa varía según el riesgo de tu actividad (no es lo mismo una oficina que una obra de construcción) y financia las prestaciones que recibirías si sufres un accidente laboral o desarrollas una enfermedad derivada de tu trabajo.
Desempleo: tu derecho al paro
En torno al 1,55% (contratos indefinidos) o 1,60% (contratos temporales) de tu base. Es lo que te da derecho a cobrar la prestación por desempleo si te quedas sin trabajo, siempre que cumplas los requisitos de tiempo cotizado.
Formación profesional: tu derecho a formarte
Un 0,10% de tu base. Financia el sistema de formación para el empleo, al que puedes acceder mediante cursos bonificados por tu empresa o de forma individual.
MEI: el Mecanismo de Equidad Intergeneracional
Desde 2023 hay un concepto adicional en tu nómina: el MEI. En 2026 supone un 0,90% de tu base de cotización, repartido entre empresa (0,75%) y trabajador (0,15%). A diferencia de los demás conceptos, el MEI no financia ninguna prestación concreta para ti: es una aportación de carácter solidario que va directamente al Fondo de Reserva de la Seguridad Social (la conocida "hucha de las pensiones"), pensada para sostener el sistema ante el envejecimiento de la población. Pagarlo no te da derecho a una pensión mayor ni genera ninguna prestación adicional a tu favor.
Cuánto aporta cada parte: la tabla completa
Estos son los porcentajes orientativos para un contrato indefinido en el Régimen General, con los tipos vigentes en 2026. La empresa siempre aporta más que tú, y es la única que cotiza por contingencias profesionales:
| Concepto | Trabajador | Empresa |
| Contingencias comunes | 4,70% | 23,60% |
| Contingencias profesionales | — | Variable según actividad |
| Desempleo (indefinido) | 1,55% | 5,50% |
| Formación profesional | 0,10% | 0,60% |
| FOGASA | — | 0,20% |
| MEI | 0,15% | 0,75% |
Con contrato temporal, el desempleo sube al 1,60% para el trabajador y al 6,70% para la empresa. Estos porcentajes pueden variar ligeramente según el año y el régimen de cotización, así que revisa siempre las tablas vigentes o tu nómina.
La cuota de solidaridad: el extra si superas la base máxima
La parte de tu salario que supera la base máxima de cotización no queda exenta de cotizar. Desde 2025, la reforma de pensiones introdujo la cuota de solidaridad, un porcentaje adicional que se aplica sobre ese exceso, repartido en tres tramos según cuánto lo superes. Con la base máxima de 2026 (5.101,20 € mensuales), los tipos vigentes son estos:
| Retribución mensual | Tipo total | Trabajador | Empresa |
| 5.101,21 € – 5.611,32 € | 1,15% | 0,19% | 0,96% |
| 5.611,33 € – 7.651,80 € | 1,25% | 0,21% | 1,04% |
| Más de 7.651,80 € | 1,46% | 0,24% | 1,22% |
Solo se aplica a trabajadores por cuenta ajena, no a autónomos. Igual que el MEI, es una aportación de carácter solidario: pagarla no te da derecho a una pensión mayor. Los porcentajes subirán de forma progresiva cada año hasta 2045.
Todo queda registrado: tu Informe de Vida Laboral
Todo lo que cotizas queda registrado en tu Informe de Vida Laboral, y ese historial es la base con la que se calculan tus prestaciones futuras. No es un gasto que desaparece: es una inversión obligatoria en tu propia protección social.
Preguntas frecuentes
¿Puedo consultar cuánto he cotizado a lo largo de mi vida laboral?
Sí, a través del Informe de Vida Laboral, disponible de forma gratuita en la Sede Electrónica de la Seguridad Social o en la app Tu Seguridad Social.
¿La empresa cotiza lo mismo que yo?
No. Los porcentajes son distintos para cada parte: tú cotizas por una parte de contingencias comunes, desempleo, formación profesional y MEI, mientras que la empresa aporta un porcentaje mayor en esos mismos conceptos y, además, es la única que cotiza por contingencias profesionales.
¿Qué pasa si mi salario supera la base máxima de cotización?
No dejas de cotizar por ello: desde 2025 esa parte de tu sueldo tributa por la cuota de solidaridad, un porcentaje adicional (entre el 1,15% y el 1,46% en 2026, según cuánto superes la base máxima) que no te da derecho a una pensión mayor, igual que ocurre con el MEI.
¿Los autónomos cotizan por los mismos conceptos?
No exactamente; los autónomos tienen un sistema de cotización distinto, con una base elegible dentro de unos límites, y algunas coberturas (como el desempleo) son opcionales.
¿Qué pasa si mi empresa no ingresa mis cotizaciones aunque me las descuente?
Es una situación grave e ilegal; puedes comprobarlo en tu Informe de Vida Laboral y, si detectas un impago, denunciarlo ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
¿Tienes un caso concreto que no queda claro con esta explicación general?
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